Reglas de transición para las finanzas abiertas

La Superintendencia Financiera de Colombia publicó el 3 de febrero de 2026 la Circular Externa 001, relacionada con el régimen de transición para el cumplimiento de estándares de arquitectura, seguridad y tecnología en el sistema de finanzas abiertas. La circular forma parte del desarrollo regulatorio dirigido a mejorar la interoperabilidad de servicios y el uso seguro de información financiera bajo las condiciones previstas en la regulación.

Las finanzas abiertas permiten que datos financieros se compartan, cuando exista una base jurídica y el consentimiento aplicable, mediante herramientas tecnológicas estandarizadas. Esto puede facilitar que los usuarios conecten servicios, comparen productos o autoricen el acceso a su información para obtener ofertas y funcionalidades nuevas. Para que este intercambio sea seguro, las entidades necesitan estándares para autenticar participantes, administrar permisos, proteger datos, registrar transacciones y reducir riesgos de ciberseguridad.

La Circular Externa 001 trata el periodo de transición para adoptar las reglas correspondientes. La obligación exacta depende del contenido del acto, sus anexos, las entidades destinatarias y el cronograma que resulte vigente. No debe asumirse que la publicación de la circular significa que todos los servicios de finanzas abiertas estén disponibles de inmediato o que todas las entidades tengan idénticas fechas de cumplimiento.

Efectos para entidades y consumidores

Las entidades vigiladas pueden necesitar ajustar interfaces, procesos de autenticación, gestión de consentimientos, contratos con proveedores tecnológicos, protocolos de respuesta a incidentes y controles de información. La transición requiere pruebas y gobierno de datos, así como coordinación entre las áreas de tecnología, seguridad, cumplimiento y atención al cliente.

Para los usuarios, las finanzas abiertas pueden ampliar opciones de servicios, pero el intercambio de datos debe realizarse dentro de las autorizaciones y finalidades correspondientes. Es importante entender qué información se comparte, con quién, para qué propósito y bajo qué procedimiento pueden administrarse o revocarse los permisos. No se debe entregar contraseñas o códigos de autenticación a terceros que no utilicen los canales autorizados por la entidad.

Cumplimiento y calendario

Las entidades deben consultar el texto de la circular y sus anexos, definir un plan de cumplimiento y mantener evidencia de las pruebas técnicas y controles implementados. Si la Superintendencia publica instrucciones posteriores que modifican fechas o condiciones, la entidad debe aplicar el marco vigente que corresponda a su caso.

Como desarrollo normativo posterior, el Decreto 1489 del 7 de octubre de 2026 modificó disposiciones relacionadas con la publicación de estándares e indicadores y la puesta en funcionamiento del directorio de participación del Sistema de Finanzas Abiertas. Este cambio posterior debe leerse junto con la circular original y las reglas reglamentarias vigentes, pues puede incidir en el calendario y en la puesta en marcha de componentes del sistema.

Seguridad de datos y consentimiento siguen siendo elementos esenciales

El régimen de finanzas abiertas busca facilitar el intercambio de información financiera bajo estándares definidos y con los consentimientos que correspondan. La interoperabilidad puede permitir que los usuarios autoricen usos concretos de sus datos para acceder a servicios, comparar productos o simplificar trámites, pero el desarrollo tecnológico debe ir acompañado de controles de privacidad, autenticación, ciberseguridad y gestión de incidentes. El propósito no es convertir los datos personales en información de libre acceso ni eliminar los derechos de los clientes.

La Circular Externa 001 de 2026 trata del periodo de transición para determinados estándares técnicos. Las entidades deben revisar el articulado y anexos para precisar las exigencias que les aplican, dado que el alcance puede variar de acuerdo con su naturaleza y las reglas específicas. Una implementación adecuada requiere inventariar interfaces, proveedores, permisos, controles de acceso, trazabilidad y procedimientos para gestionar autorizaciones y revocaciones.

Para los usuarios, la llegada de servicios de finanzas abiertas debe acompañarse de información comprensible sobre qué datos se compartirán, con quién, para qué propósito y durante cuánto tiempo. Antes de aceptar una autorización, conviene leer las condiciones y utilizar los canales de la entidad para resolver dudas. La existencia de una norma o de un ecosistema tecnológico no significa que cada servicio esté disponible en todos los bancos ni que todos los datos puedan compartirse sin límites. La implementación efectiva depende de la regulación, los estándares y las soluciones que las entidades pongan en funcionamiento.